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CENSURA: El Supremo señala que el PP usó la censura para callar las críticas de un grupo provida.

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SE VULNERÓ LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN DE LA PLATAFORMA CÍVICA HAZTEOIR.ORG

El Tribunal Supremo ha comunicado hoy una sentencia dando la razón a HazteOir.org frente a la censura sufrida por esta plataforma cívica en las últimas Elecciones autonómicas en Madrid.

Tergiversan la Ley Electoral para prohibir una campaña de una asociación provida
Tras rechazar el amparo legal para los niños por nacer, Cifuentes lo pide para las mascotas

Una campaña denunciada por el PP y prohibida por la JEPM el mismo día

El 7 de mayo de 2015 y a iniciativa de Cristina Cifuentes, el PP denunció ante la Junta Electoral la campaña “Yo rompo con Cifuentes”, con la que HazteOir.org recordaba el apoyo al aborto de la entonces candidata a la presidencia de la Comunidad de Madrid. Además de mentir sobre su posición en ese tema, Cifuentes dijo que la campaña de HO era “algo intolerable, injustificable y bastante ofensivo”. Como ya recordé entonces, se daba la circunstancia de que en 2008 el propio PP había acogido en un mitin pancartas con un lema similar, pero dirigido contra Zapatero. Sin tener en cuesta esto y con una inusitada rapidez, la Junta Electoral Provincial de Madrid admitió la denuncia del PP ese mismo día y prohibió la campaña de HO, y lo hizo apelando al artículo 50.5 de la LOREG y al párrafo 2º del artículo 53 de esa misma norma, unos preceptos que se referían a la campaña electoral y a la captación de sufragios, y que por tanto no tenían relación con la iniciativa del grupo provida. El 9 de mayo de 2015 ya denuncié aquí que esta censura se basaba en una tergiversación de la Ley Electoral y que vulneraba el Artículo 20 de la Constitución Española.

El Supremo deja en evidencia la vulneración de un derecho constitucional

En su sentencia, los magistrados del Tribunal Supremo coinciden con las apreciaciones que hice en aquella entrada: Carece de justificación la equiparación o asimilación que el recurrido acuerdo de la JEC efectúa de los actos dirigidos a orientar el voto de los electores con las estrictas actividades llevadas a cabo “en orden a la captación de sufragios” que, a los efectos de delimitar el concepto de campaña electoral, literalmente menciona el apartado 4 del artículo 50 de la LOREG, y a la que está referida la prohibición dispuesta en el apartado 5 de dicho precepto legal.” Concretamente, y como también señalé el año pasado aquí, la sentencia afirma “la necesidad de preservar el derecho fundamental a la libertad de expresión del artículo 20.2 CE que el mencionado precepto de la LOREG establece”. Esto es lo que dice el citado Artículo 20 de la Constitución:

“1. Se reconocen y protegen los derechos:
a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones
mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.

(…)
2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.

La sentencia advierte que “establecer una equivalencia entre pedir el voto e influir en el voto puede conducir a una grave y desproporcionada restricción de derechos fundamentales durante el periodo electoral, estrangulando el debate público y convirtiendo el espacio del dialogo político en un ámbito de monopolio ocupado en exclusiva por los partidos políticos y sus candidaturas.”

La sentencia no contempla que los censurados sean indemnizados

Lo que sí es insólito de la sentencia del Supremo conocida hoy es que no se pronuncia sobre las costas procesales, esto es, que no contempla que a la asociación injustamente censurada sea indemnizada ni se le restituya siquiera el dinero que ha gastado en su defensa tras ser víctima de un atropello contra sus derechos constitucionales. Hay que recordar que a la hora de censurar esa campaña totalmente legal, el PP se valió de recursos públicos pagados por todos, incluso llamando a los anunciantes para amenazarles con el derribo de sus vallas si no retiraban inmediatamente la campaña de HO. Este punto de la sentencia abre la puerta a que el poder político siga abusando de su posición y de los recursos de los que dispone -insisto: pagados por todos los contribuyentes- para silenciar campañas críticas, aunque sea de forma abiertamente contraria a la ley, como ocurrió en el caso que nos ocupa, mediante una política de hechos consumados que deja al ciudadano expuesto a grandes gastos judiciales incluso si el tribunal le da la razón, lo que provocará que más de uno se deje pisotear a falta de fondos para afrontar su defensa.

Cifuentes guarda silencio tras el jarro de agua fría del Supremo

Hay que decir, a pesar de lo que acabo de señalar, que esta sentencia supone un gran jarro de agua fría para la presidenta madrileña, que se valió de su posición para conseguir que una Junta Electoral censurase una campaña totalmente legítima y legal. Además, el Supremo deja en evidencia que Cifuentes ganó las elecciones tras servirse de la censura para acallar críticas en su contra, un hecho que perturba claramente la necesaria limpieza con la que se tendría que desarrollar una campaña electoral en un país democrático. Aunque en el momento de redactar estas líneas Cifuentes aún no ha hecho declaración alguna sobre el dictamen del Supremo -un silencio que tal vez se deba a la enorme dificultad que supone explicar ahora su autoritaria reacción a la campaña de HO-, no sería extraño que en su gabinete conociesen desde hace días la sentencia. Eso explicaría el nerviosismo de Ángel Garrido con su ataque a Ignacio Arsuaga este fin de semana, presentando al presidente de HO como anticristiano, después de que tanto Garrido como Cifuentes hayan apoyado leyes anticristianas como la vigente Ley del Aborto de 2010.

La sombra de la sentencia se cierne sobre la última ley de Cifuentes

Además de lo señalado, y aunque obviamente no la menciona pues no era el objeto de ese recurso de HO, la sentencia del Supremo arroja sombras sobre la ley totalitaria aprobada por el PP la semana pasada con el apoyo del PSOE y de Podemos. Si ya ha quedado claro con una sentencia judicial firme que Cifuentes fue capaz de echar mano de la censura para silenciar críticas contra ella por su apoyo al aborto, ¿qué garantía tienen los ciudadanos madrileños de que esa ley no se usará también para ejercer la censura, cuando la propia norma incluye vulneraciones de derechos constitucionales? Por otra parte, y como ya señalé el año pasado, esta sentencia demuestra el curioso orden de prioridades que mantiene el PP: no tiene tiempo para capturar a etarras fugados como Josu Ternera, ni para echar a las marcas electorales de ETA de las instituciones, pero sí para censurar una campaña provida de forma abiertamente ilegal. Y en el PP aún se extrañarán de la enorme cantidad de votos que se ha dejado por el camino.

FUENTE: Elentir

Y ¡OJO! esto es una batalla ganada, pero nada mas, solo basta, sin ir mas lejos, leer este post que publiqué ayer mismo y que tiene relación con este tema por cuento esta sentencia puede influir, y mucho, en esta ley impresentable que se han sacado y que, practicamente, COLOCA AL “LOBBY GAY” EN UNA POSICIÓN DE PRIVILEGIO contra lo que, además, puede ser peligroso hacer críticas, puesto que te pueden denunciar por “discriminación”. Esto es algo que nos advierten incluso personas homosexuales, como podemos ver en este otro artículo en el que se habla de que el Lobby Gay ejerce una auténtica DICTADURA.

También tenemos este otro ejemplo, esta vez se trata de la famosa “red de redes”, Facebook, en la que estamos casi todos (aunque haya quien no lo quiera reconocer y se tira el rollo de que no que “que va, yo Facebook nunca”) y en el que vemos que la “facequisición” ha cerrado una página, con multitud de seguidores además, todo ello a instancia una vez mas del “lobby”: http://citizengo.org/es/35804-que-se-abra-cuenta-sexo-seguro-que-fue-arbitrariamente-cerrada

La cosa es aun mas grave, pues hasta ahora, todo lo que hemos visto se refiere, o solo a España o a un solo tema (como en el último caso) pero es que la cosa se extiende a Europa y tambien a los Estados Unidos, lo que quiere decir que es a nivel global, porque hay por ahí paises donde esto ni siquiera hace falta ya que NUNCA han tenido la menor libertad de expresión (los paises MUSULMANES, por ejemplo, o China y Corea del Norte), como podemos ver en este otro artículo (está en inglés, pero con el traductor de Google se entiende perfectamente): Facebook, Twitter prohibición de la libertad de expresión para formar “Super-Estado” virtual

Es decir que, incluso esta sentencia de nuestro Tribunal Supremo PUEDE QUEDAR EN NADA SI LAS DIRECTRICES EUROPEAS LO ORDENAN y no olvidemos que, en Alemania, por ejemplo, ya te pueden hasta encarcelar si haces críticas contra los inmigrantes o contra el Islam, y no solo es Angela Merkel, no, el SPD (los social-demócratas), a traves del Ministro de Justicia, pertenciente a dicho partido (para quien no esté enterado, que los habrá, le recuerdo que en Alemania, el gobierno es una coalición entre la derecha y los social-demócratas, osea, como si aquí al final llegaran a un acuerdo PP y PSOE y gobernaran juntos) a obligado a Facebook, Twitter y Google a borrar material (http://www.lavozdegalicia.es/noticia/redessociales/2015/12/15/google-twitter-facebook-eliminaran-mensajes-odio-racial-aleman-24-horas/00031450209842993303793.htm)

Esto nos dicen, nos intentan convencer PRACTICAMENTE A LA FUERZA que es para acabar con la discriminación, pero NO ES OTRA COSA QUE IMPONER EL PENSAMIENTO ÚNICO, ni mas ni menos.

¿QUIEN COJONES ES EL ESTADO PARA DECIRLE A UN INDIVIDUO LO QUE PUEDE O NO PUEDE SENTIR O PENSAR? Esto es el mundo que nos narra Orwell en su famosa novela “1984”, así de sencillo.

Nos convierten en una sociedad aborregada e INFANTILOIDE, ¿nadie lo ve? pues es fácil ¿quien de niño no le ha ido a su papi o su mami con la cantinela de “papá, mamáaa…sniff, snifff, que Ricardito me ha llamado gordo”?, bien y ahora nos están llevando al “Papá Estado, Papá Estado, que Ricardito me ha llamado maricón (o negro o moro o calorro…)”.

Y esto no deberia ser así, ¿que te llaman tal o cual? ¡Pues contestas o te aguantas!, eso ENDURECE EL CARACTER, en lugar de convertirte EN LOS INDIVIDUOS BLANDENGUES Y LLORICAS EN QUE NOS ESTÁN CONVIRTIENDO.

Yo, desde luego, lo tengo bien claro, LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN DEBE ESTAR SIEMPRE POR ENCIMA DE IDEOLOGIAS, RELIGIONES, COSTUMBRES, CREENCIAS, TRADICIONES, COLECTIVOS Y NACIONES.

A MI ME PARECE QUE ES HORA DE AMOTINARSE, ASÍ, COMO SUENA.

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Archivado en: ACTUALIDAD, CENSURA, POLÍTICA Tagged: "HAZTEOIR.ORG", "TRIBUNAL SUPREMO", ASAMBLEA DE MADRID, CENSURA, CRISTINA CIFUENTES, JUDICIAL, MADRID, POLÍTICA, PP, SENTENCIA, TRIBUNALES


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